Normativa para formular autodenuncias por jugadores de bingos y casinos.
1. Las autodenuncias deberán efectuarse en las dependencias de la Brigada Especial del Juego de la Jefatura Superior de Policía de Valladolid, ubicadas en la calle Angustias, número 9, entreplanta izquierda; teléfono 983.30.60.33 (preguntar por el funcionario de guardia).
2. El horario al efecto se encuentra entre la nueve y las diez horas de la mañana.
3. Es deseable que las autodenuncias se efectúen con un ámbito geográfico que abarque todo el territorio español.
4. Igualmente resulta conveniente que las autodenuncias se realicen por tiempo indifinido.
5. En principio, las autodenuncias deberán efectuarse por el propio interesado, que deberá exhibir al efecto su D.N.I. o documento similar.
6. En casos especiales, las autodenuncias podrán efectuarse por familiares directos del interesado, mediante aportación al efecto de fotocopias de los D.N.I. (o documento similar) del denunciante y denunciado y exhibición del libro de familia.
7. Una vez firmadas, las autodenuncias son remitidas por los funcionarios a la Comisión Nacional del Juego, que, por su parte, cursará la prohibición informatizada a los establecimientos de juego correspondientes.
8. Igualmente, dicha Comisión comunicará por escrito al interesado la fecha a partir de la que toma efecto la prohibición de entrada a los establecimientos de juego.* Para más información ponerse en contacto con el Ministerio del Interior